¿En qué consiste el concurso de acreedores?

Jul 27, 2022 | Lagares Actualidad

El próximo 1 de septiembre vence el plazo para presentar aquellos concursos de acreedores de empresas que se hayan acogido a la moratoria concursal. Si desconoces para qué sirve un concurso de acreedores, en este artículo te daremos respuestas a las preguntas más habituales sobre este procedimiento de una forma sencilla.

Concurso de acreedores: ¿Qué es?

En primer lugar, vamos a ver qué se entiende por concurso de acreedores.

Podemos definir el concurso de acreedores como aquel instrumento a disposición de toda empresa o persona física que pasa por una situación de insolvencia económica extraordinaria, actual o inminente, que ocasiona una grave pérdida de liquidez.

En consecuencia, la futura concursada no es capaz de asumir sus obligaciones económicas (financieras, tributarias, proveedores, trabajadores, etc.) que van incrementándose con el tiempo y por ello el concurso de acreedores sirve para hacer un parón e intentar regularizar las deudas con sus acreedores.

¿Quién puede declararse en concurso de acreedores?

Según el Texto Refundido de la Ley Concursal, cualquier persona física o jurídica puede declararse en concurso de acreedores.

Declararse en concurso de acreedores

Se establece la obligación de presentar concurso, cuando se conoce la insolvencia de la empresa, actual o inminente. Foto de Freepik.

¿Cuándo y cómo se declara el concurso de acreedores?

Se establece la obligación de presentar concurso, cuando se conoce la insolvencia de la empresa, actual o inminente. Tal conocimiento se presume, entre otros, por ejemplo, cuando:

  • Se ha dado sobreseimiento general del pago corriente de obligaciones.
  • Se producen embargos generalizados sobre el patrimonio.
  • Hay un incumplimiento generalizado de obligaciones tributarias, del pago de cuotas de la Seguridad Social, sueldos, salarios y otras retribuciones por relaciones de trabajo durante tres meses previos a la solicitud del procedimiento concursal.

El procedimiento se inicia presentando una solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil. Es fundamental señalar que tienen legitimación para solicitarlo tanto el deudor como los acreedores.

Cuando es el deudor quien lo solicita, tendrá que acreditar su situación económica Este deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual o inminente.

Debido a la aplicación de la moratoria por la legislación especial COVID, no había obligación de presentar el concurso, aunque se conociera el estado de insolvencia, hasta el 30 de junio de 2022. Las empresas, que, a esta fecha, estén en situación de insolvencia actual o inminente, tienen ahora dos meses para presentar dicha solicitud, es decir, hasta el 1 de septiembre de 2022.

Si son los acreedores quienes presentan el concurso de acreedores, estos deberán demostrar la existencia de una situación de impagos generalizado en el deudor.

Fases del concurso de acreedores

En primer lugar, encontramos la fase común del concurso, que se inicia cuando el juez revisa la documentación presentada y declara, si procede, el concurso de acreedores. Una vez declarado el concurso mediante una resolución judicial que se denomina Auto, se publicará en el BOE. La fecha de publicación en el BOE, además de la comunicación que la administración concursal realiza a los acreedores, inicia el plazo para la comunicación de los créditos existentes frente a la concursada.

Una vez declarado:

  • Los acreedores no tendrán facultad para presentar nuevas demandas y paralizarán las ejecuciones derivadas de reclamaciones hacia el deudor.
  • El deudor deberá colaborar con el Juzgado y con la administración concursal para gestionar eficazmente este proceso.

El objetivo de esta fase es definir el alcance que tiene el concurso y preservar el patrimonio de la entidad deudora. En el Auto de declaración del concurso se designa a la administración concursal. Su principal objetivo es conservar la masa activa de la compañía o persona física concursada y presentará en los primeros meses unos textos provisionales con la identificación de sus acreedores, de sus correspondientes créditos, y un inventario patrimonial de la concursada que incluye sus bienes y derechos, es decir, el activo de la concursada. Los acreedores podrán impugnar estos textos provisionales, en su caso, si no están de acuerdo con la calificación o la cuantía de sus créditos.

Cómo se declara el concurso de acreedores

Se conoce como concurso exprés al procedimiento concursal que concluye de forma simultánea a su declaración. Foto de Freepik.

Tras la realización de esta foto fija del patrimonio de la concursada, activo y pasivo, se pueden dar dos situaciones:

  • Liquidación concursal: no se puede llegar a un acuerdo de pago con los acreedores, por lo que se tendrá que liquidar su patrimonio para abonar los créditos existentes.
  • Fase de Convenio: es posible llegar a un acuerdo con los acreedores en el que la deuda se satisface mediante esperas o quita de deuda.

Por último, nos gustaría hacer mención al concurso de acreedores exprés. Bajo la denominación de concurso exprés se conoce al procedimiento de concurso de acreedores que concluye de forma simultánea a su declaración.

Se trata del supuesto aplicable al caso en que, desde la propia solicitud de concurso de acreedores, el juez o jueza de lo mercantil competente puede determinar que la masa activa es manifiestamente insuficiente para hacer frente tan siquiera a los costes propios del procedimiento concursal. Y, además, no resulta previsible que haya acciones de reintegración que puedan revertir esa situación ni se estima la calificación culpable del concurso.

En definitiva, es la solución rápida y menos costosa (en tiempo, dinero y recursos) para aquellos supuestos en que la situación de insolvencia pueda anudarse, quizá, a los propios derroteros del riesgo inherente al emprendimiento empresarial, pero sin que existan operaciones sospechosas de ser merecedoras de reintegración ni incumplimientos a los que la ley anuda responsabilidad concursal.

De este modo, sin mayor tramitación, en el mismo auto en el que se declara el concurso por concurrencia de los requisitos legales, se acuerda la conclusión del mismo y la extinción en el caso de concurso de personas jurídicas.

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