La responsabilidad penal de las personas jurídicas no es, ni debe ser, un concepto exclusivo de las grandes empresas.
En España, desde la reforma del Código Penal de 2010 y su actualización en 2015 con el artículo 31 bis, las PYMES y microempresas pueden enfrentar sanciones severas por delitos cometidos en su beneficio por parte de administradores, directivos/as o empleados/as, como multas millonarias, clausura de locales, inhabilitaciones, etc.
En este escenario, implantar un programa de “compliance” o cumplimiento normativo eficaz se convierte, para las pequeñas y medianas empresas, en una necesidad estratégica. El compliance resulta, sin duda, una herramienta esencial para prevenir conductas ilícitas dentro de la empresa. En nuestra práctica profesional, nos encontramos a diario con situaciones en las que, de haber existido una adecuada programación e implementación de un modelo de compliance, la empresa no habría llegado a verse inmersa en escenarios tan graves como los que enfrentamos.
Además, el cumplimiento normativo se ha consolidado como una defensa eficaz en procesos penales relacionados con este tipo de ilícitos. Contar con un modelo de compliance robusto no solo ayuda a evitar riesgos, sino que también ofrece un amparo legal sólido ante posibles responsabilidades.
En este sentido, nos trae a este artículo la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2025 (Sentencia STS 372/2025, 11 de abril de 2025) que matiza y subraya que no basta con demostrar que un empleado o directivo cometió un delito; es necesario acreditar que fue posible debido a un “defecto estructural en los mecanismos de prevención internos”. Esta exigencia refuerza el derecho a la presunción de inocencia y evita que las empresas sean condenadas en base a una responsabilidad objetiva.
El caso analizado en esta sentencia ejemplifica esta doctrina: aunque se constató un delito por parte de un directivo, la empresa fue absuelta porque no se demostró un fallo en su sistema de prevención. Para las pymes, la lección es clara: un programa de compliance real, documentado y efectivo puede marcar la diferencia entre una condena que comprometa su viabilidad o una exoneración.

La sentencia del Tribunal Supremo de 2025 subraya la importancia de contar con un modelo de compliance eficaz en las pymes.
Tradicionalmente, las pymes y las microempresas consideran que el compliance era una cuestión secundaria o destinada a grandes corporaciones, cuando en realidad son más vulnerables ante sanciones, al carecer de departamentos especializados o estructuras de control asentadas. Como ya señalábamos en nuestro artículo sobre el cumplimiento normativo en las sociedades públicas, disponer de un sistema de cumplimiento eficaz no es una mera formalidad, sino una herramienta real para proteger a las entidades y sus gestores frente a responsabilidades legales, fortaleciendo además su reputación e imagen de confianza —una idea plenamente aplicable también al entorno pyme.
Para que ese programa de cumplimiento cumpla su función defensiva, debe ser algo más que un protocolo genérico. Debe estar adaptado a la realidad de cada organización, identificar los riesgos propios de su actividad, establecer protocolos claros, ofrecer formación continua y contar con registro documental riguroso. En un juicio penal, lo que no se acredita, sencillamente, no existe: los tribunales exigirán prueba concreta de que la empresa actuó con diligencia.
Más allá de su valor en sede judicial, el compliance aporta beneficios estratégicos de gran impacto para las pymes y microempresas. Reduce el riesgo de sanciones que podrían poner en jaque la supervivencia del negocio, protege su reputación frente a clientes y socios, genera confianza ante inversores o entidades financieras y contribuye a crear una cultura empresarial basada en la ética, la transparencia y la responsabilidad. Si, suena a conceptos abstractos, pero no, los procesos de cumplimiento normativo son una inversión que refuerzan la resiliencia y seguridad del negocio.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo lo deja claro: el compliance es hoy la mejor póliza de seguro para las pymes. Las empresas que apuesten por modelos de prevención sólidos, actualizados y auditablemente defendibles estarán mejor protegidas ante los riesgos penales y contarán con un escudo poderoso en sede judicial. En un entorno económico y regulatorio exigente, cumplir la normativa no es opcional: es la clave para proteger el presente y asegurar el futuro de cualquier empresa.

