ACTUALIZACIÓN PUBLICACIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO DE ALARMA.
Como viene siendo habitual desde la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, resulta de obligada consulta diaria el BOE para la puesta al día de la normativa de aplicación.
En este ejercicio y por lo que respecta al período comprendido entre este sábado 28 de marzo y este 30 de marzo, cabe destacar, además del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 al que, por su transcendencia, dedicamos una reseña específica, las siguientes publicaciones:
- Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La prórroga se extiende hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020, con obligación de información semanal al Congreso.
- Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19, por el que:
- Se califican como esenciales y, por tanto, deben mantener su actividad, cualquiera que sea su titularidad, los centros y servicios sanitarios, así como centros sociales de mayores, personas dependientes o personas con discapacidad, según se determine por los correspondientes ministerios.
- Se determina que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.
- Se establecen medidas para agilizar la tramitación de las prestaciones derivadas del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (en lo que sigue, “RD 8/2020”).
- Se indica que la suspensión de los contratos temporales, conforme RD 8/2020, supondrá la interrupción del cómputo de su plazo de duración máxima.
- Se determina la duración máxima de los expedientes de regulación amparados por RD 8/2020.
- Régimen de sanciones por indebido uso de las medidas.
- Se indica la fecha de efectos de la prestación por desempleo en los supuestos de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, conforme al RD 8/2020.
- Se incluyen dos modificaciones al Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 (en adelante, “RD 7/2020”) y al RD 8/2020.
- Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19: establece medidas especiales en materia de recursos humanos para la garantía del correcto funcionamiento del sistema de servicios sociales.
- Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: establece la habilitación a miembros de las Fuerzas Armadas para la conducción y traslado de cadáveres.
- Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
- Establece el desarrollo de una aplicación (app) para autoevaluación los síntomas del COVID-19, con geolocalización del usuario.
- Y la ejecución de un estudio de análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento mediante el cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada, como se hizo recientemente en el estudio de movilidad del INE.
- Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19: establece la prohibición de velatorios y tratamientos de cadáveres de fallecidos por COVID-19, así como las ceremonias hasta después del estado de alarma, salvo que se limite asistencia hasta 3 familiares. También se regulan las condiciones/precios de los servicios funerarios.
- Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden SND/ 232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 que fija algunas modificaciones a la orden inicial por la que se establecían medidas extraordinarias para contratación de estudiantes, etc.
Por último, cabe destacar la publicación de los acuerdos del Congreso de los Diputados por los que se autoriza la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los términos que se plasmaron en el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma, antes citado, y se convalida la normativa emanada de los últimos real decreto-leyes y, en particular, los que incluyen medidas extraordinarias propiciadas por el estado de alarma: Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública; RD 7/2020 y RD 8/2020.