Agenda Jurídica 2022

Dic 28, 2021 | Lagares Actualidad

A continuación, analizamos las principales novedades legislativas que esperamos para el ya inminente 2022:

 

Primera. – ¿Fin de la moratoria concursal?

Mediante Real Decreto-ley 27/2021 de 23 de noviembre, el Gobierno ha prorrogado de nuevo la moratoria concursal que vencía el próximo 31 de diciembre, hasta el 30 de junio de 2022, con lo que mantiene que los deudores que se encuentran en situación de insolvencia no tienen deber de solicitar la declaración de concurso al menos durante medio año más, ni tampoco se aceptarán los concursos necesarios instados por los acreedores.

El Gobierno ha aprobado en Consejo de ministros el proyecto de reforma de la Ley Concursal, con la que se pretende facilitar la reestructuración de empresas viables y mejorar los procedimientos de insolvencia y que se encuentra ahora en trámite parlamentario.

El proyecto normativo incluye la transposición de la directiva europea de reestructuración e insolvencia e introduce otras reformas en el ámbito concursal. Esta modificación constituye una de las reformas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y va dirigido a garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad.

¿Entrará en vigor antes del 30 de junio de 2022 o habrá nueva prórroga?

 

Segunda. – ¿Fin de los ERTE?

Mediante el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, se han prorrogado los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) asociados al Covid-19 hasta el 28 de febrero de 2022, manteniendo hasta esa fecha la comúnmente conocida como “prohibición de despedir” por la crisis del Covid-19 y el compromiso de las empresas al mantenimiento del empleo cuando se hayan beneficiado de exoneraciones.

¿Qué ocurrirá cuando esta prórroga llegue a su fin?

– Podrían publicarse nuevos requisitos para seguir prorrogando sus efectos, por lo que estaríamos ante una séptima prórroga.

– Que aprueben y entre en vigor el llamado por el Gobierno, RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, un nuevo mecanismo permanente con vocación de sustituir a los actuales ERTE, aunque parece improbable para este 2022, dado que sólo se encuentra en borrador, quedándole por delante un largo recorrido.

 

Tercera. – ¿Tumbará el Tribunal de justicia europeo la no retroactividad en las reclamaciones de las Plusvalías?

Por Sentencia de fecha 26 de octubre de 2021, el Tribunal Constitucional declaraba inconstitucionales y nulos varios artículos de la Ley reguladora de las haciendas locales ya que el método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (más conocido como impuesto de plusvalía municipal) era erróneo y no se correspondía con la realidad. Ahora bien, establece que no podrán ser revisadas aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme. A estos exclusivos efectos, tendrán también la consideración de situaciones consolidadas las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada ex art. 120.3 de la Ley General Tributaria a dicha fecha.

Desde Europa, recientemente, se ha dejado claro que la no retroactividad que incorpora la STC es inadmisible, por lo que podría ser tumbada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

Cuarto. – ¿Implantación del Whistleblowing?

La Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión o lo que es lo mismo, la Directiva Whistleblowing, debía haber sido transpuesta por España este año 2021, por lo que es más que previsible que se haga en el 2022.

Se trata de un procedimiento que permite a las personas denunciar ilegalidades cometidas por un individuo o una institución privada o pública y exponer cuanta información sea relevante. Según la propia Directiva, el denunciante (o whistleblower) es aquella persona física que comunica o revela públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de sus actividades laborales.

Tendrán la obligación de implantar este canal de denuncias en el seno de sus organizaciones las entidades de los sectores público y privado de más de 50 trabajadores, para que, tanto empleados como directivos, de modo confidencial, seguro e independiente, comuniquen información sobre conductas fraudulentas que hayan podido cometerse en el marco de una determinada entidad.

 

Palmira Cañete
Departamento Procesal

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