ESTABLECIMIENTO DE INSTRUCCIONES SOBRE LA GESTIÓN DE RESIDUOS EN LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA.
Continuando con la amplia actividad normativa derivada de la declaración del estado de alarma, se ha publicado en el BOE la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El contenido de esa orden afecta a la totalidad de la ciudadanía pues engloba tanto la gestión de los residuos procedentes de centros sanitarios y laboratorios como la de los domicilios particulares (con o sin casos de COVID-19).
Los residuos provenientes de lugares en contacto con COVID-19 se depositarán en el contenedor de fracción resto (aquel previsto para los residuos que no tienen contenedor específico, con prohibición expresa de su depósito en los contenedores de recogida separada (orgánica, envases, papel, vidrio o textil) o, de forma evidente, su abandono en el entorno o en la vía pública).
Adicionalmente, en términos de recomendación, se indica para la gestión de residuos de los hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19 que: “Los residuos del paciente, incluido el material desechable utilizado por la persona enferma (guantes, pañuelos, mascarillas), se han de eliminar en una bolsa de plástico (bolsa 1) en un cubo de basura dispuesto en la habitación, preferiblemente con tapa y pedal de apertura, sin realizar ninguna separación para el reciclaje. La bolsa de plástico (bolsa 1) debe cerrarse adecuadamente e introducirse en una segunda bolsa de basura (bolsa 2), al lado de la salida de la habitación, donde además se depositarán los guantes y mascarilla utilizados por el cuidador, y se cerrará adecuadamente antes de salir de la habitación. La bolsa 2, con los residuos anteriores, se depositará con el resto de los residuos domésticos en la bolsa de basura (bolsa 3) correspondiente al cubo de fracción resto. Inmediatamente después se realizará una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos. La bolsa 3 cerrada adecuadamente se depositará exclusivamente en el contenedor de fracción resto (o en cualquier otro sistema de recogida de fracción resto establecido en la entidad local). En poblaciones con sistemas de separación húmedo-seco o similar, la bolsa 2 se deberá depositar en la fracción que indique la entidad local.”
Para los domicilios sin positivo o en cuarenta por COVID-19 la gestión de los residuos será la ordinaria, recomendándose que se minimice la fracción de resto generada, con la aclaración de que los guantes de látex o nitrilo empleados para otros usos no deben depositarse en el contenedor de envases ligeros (amarillo), sino en el de resto.
Finalmente, se incluyen instrucciones para gestión por parte de los profesionales de las instalaciones de recogida y tratamiento, destacando la automatización del tratamiento, en su caso, y la preferencia por la incineración. Se trata de medidas que buscan la seguridad y la optimización de recursos con una gestión eficiente.
Como no podía ser de otro modo, se clarifica la consideración del servicio como esencial y la obligación de las administraciones competentes de garantizar frecuencias de recogida suficientes, al objeto de evitar el acumulo de residuos fuera de sus contenedores, así como el tratamiento posterior de los residuos.