Breve acercamiento a los acuerdos de confidencialidad y su importancia.

Feb 20, 2020 | Lagares Actualidad

El acuerdo de confidencialidad es aquel contrato, también puede ser una cláusula inserta en otro contrato más amplio, por el que bien todos los firmantes, bien la parte que va a recibir información/documentación de carácter confidencial del otro contratante, se compromete a no divulgar la misma, ni usarla para fines distintos de los que motivan el intercambio de dicha información, previéndose sanciones para el caso de incumplimiento. 

A nadie se le escapa la importancia del funcionamiento empresarial, sus procesos internos, sus estrategias, los acuerdos que se alcanzan con terceros, etc., todo ello enfocado a la obtención de cierta ventaja competitiva y el posicionamiento en el mercado; elementos que hacen que cada compañía sea única y que su curso en el negocio también lo sea. De ahí la importancia de mantener la confidencialidad. 

Por ello, esencialmente en el ámbito de la negociación empresarial y de los actos preparatorios de contratos, normalmente de cierta envergadura, resulta fundamental dotarse de un adecuado acuerdo de confidencialidad que proteja a las partes implicadas e incluso el propio secreto de la negociación entablada. 

No es solo que haya que preverse la eventual frustración del negocio o contrato proyectado, sino que es posible que se esté tratando con competidores o potenciales competidores, por lo que las cautelas devienen necesarias. 

Piénsese, por ejemplo, en un contrato de compraventa de empresas vía transmisión de la totalidad de las participaciones sociales en los que se efectúa una previa auditoría o due diligence en la que se maneja la totalidad de la información de la compañía en cuestión. 

De igual modo que es importante regular el deber de secreto, debe analizarse con detenimiento los supuestos que se han de excepcionar de ese deber de secreto o las personas a las que debe excluirse (piénsese en los propios asesores de los intervinientes, personal que haya de conocer los entresijos de la operación o incluso entidades financieras a las que tenga que acudirse para el buen fin de la contratación proyectada). Asimismo, la concreta regulación del incumplimiento y sus consecuencias, como mecanismo para simplificar cualquier eventual reclamación. 

Finalmente señalar que, si bien el enfoque de esta reseña se centra en los acuerdos de confidencialidad en el ámbito de la negociación empresarial, no hay que olvidarse de otro tipo de relaciones que precisan cláusulas de este tipo: contratos de trabajo; desarrollo de patentes; colaboraciones empresariales; prestadores de servicios que tengan o puedan tener acceso directo o indirecto a información confidencial, etc. 

Si considera que está en situación de necesitar un acuerdo de confidencialidad o si le proponen la firma de uno, no dude en contactarnos, podemos asesorarle tanto en la redacción de un acuerdo que se ajuste a sus necesidades y a la realidad del negocio proyectado, como en la revisión y negociación del acuerdo propuesto.